El Tribunal Internacional del Derecho del Mar y su relación con otros foros obligatorios conducentes a decisiones obligatorias: casos de transferencias de controversias y supuestos excepcionales en los que el Tribunal actúa como medio residual o defecto

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Author
Jiménez Pineda, Eduardo
Publisher
Tirant Lo BlanchDate
2022Subject
Derecho del MarTribunales internacionales
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En el marco del innovador sistema de arreglo de controversias que
incorpora la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del
Mar de 1982 (en adelante, la “Convención de 1982” o la “Convención”),
en particular la Sección 2 de su Parte XV, el arbitraje conforme
al Anexo VII de la Convención es –de acuerdo con su Artículo 287– el
mecanismo o foro residual o por defecto para el arreglo de las controversias
relativas a su interpretación o aplicación. Ahora bien, los restantes medios de arreglo de controversias que prevé –el Tribunal
Internacional del Derecho del Mar (en adelante, el “Tribunal”), la
Corte Internacional de Justicia (en adelante, la “Corte” o “CIJ”) y
el arbitraje especial conforme al Anexo VIII– ocupan igualmente un
lugar muy destacado dentro de dicho sistema de arreglo de controversias,
particularmente los dos primeros.2
Este lugar privilegiado del Tribunal y de la Corte en el marco de
la Parte XV lo acreditan tanto la práctica de los Estados –para la
solución de controversias relativas a la interpretación o aplicación
de la Convención– como, de modo muy relevante, la previsión en la
Sección 2 de determinados procedimientos en los cuales el arbitraje
del Anexo VII no será el mecanismo residual, sino que, en su lugar, el
Tribunal será el foro obligatorio.3
Este trabajo trata de analizar, desde una perspectiva procesal, la
relación del Tribunal como foro obligatorio conducente a decisiones
obligatorias a lo largo de su cuarto de siglo de existencia, con los
otros foros que prevé la Convención en la Sección 2 de su Parte XV.
A este respecto, el capítulo abordará, en primer lugar, la indivisibilidad
de una controversia relativa a la interpretación o aplicación de la
Convención y su hipotética sumisión a distintos foros, considerando
también diferentes controversias de las que han conocido los distintos
foros a lo largo de estos veinticinco años. En segundo lugar, se
expondrán los casos de transferencia de controversias desde un arbitraje
Anexo VII pendiente de constituir al Tribunal Internacional
del Derecho del Mar, analizando la interpretación de su jurisdicción
por parte del mismo. En tercer lugar, se estudiarán los tres supuestos
excepcionales en los que el Tribunal actúa como medio residual o por
defecto en lugar del arbitraje Anexo VII. Por último, se expondrán
una serie de consideraciones finales a propósito de esta relación tan
positiva entre tribunales internacionales.
Description
Embargado hasta 01/01/2100