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dc.contributor.advisorBernardo Ares, José Manuel dees_ES
dc.contributor.authorCenteno Yáñez, Joaquínes_ES
dc.date.accessioned2009-03-11T11:56:00Z
dc.date.available2009-03-11T11:56:00Z
dc.date.issued2005
dc.date.submitted2004-03-17
dc.identifier.isbn8478017674
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10396/318
dc.description.abstractLos jurados eran los encargados, mediante su cabildo, de acercar la causa pública y el común de los vecinos al concejo, cabildo de la ciudad o ayuntamiento. Durante el tiempo que duró la institución que representaban, algo más de 500 años, hay que destacar las siguientes consideraciones: 1,- Se trataba de un grupo socio-económico per se. Hablar de jurados es tratar sobre una élite de poder político (conjunto de individuos que penetraban en la toma de decisiones). Su evolución social, no fue uniforme: Comunidad de vecinos (1240-1470), aristocartización (1470-1550), cese de la nobleza y entrada de las clases medias (1550-1650), consolidación de las clases medias hasta el fin de la institución (1650-1834). 2,- Contaban con un cabildo propio bien constituido. Estaba compuesto por un presidente, escribano, mayordomo, portero, cuasifiscal, procurador y otros cargos de menor importancia: letrados, oficiales de pluman o escribientes. Cabe destacar su carácter evolutivo en el que se aprecia un inicio (desde el reinado de Fernando III), un apogeo (reinados de los Reyes Católicos, don Carlos y dona Juana y Felipe II), y un declive (Segunda mitad del siglo XVII hasta el final de la institución en 1834), con la promulgación del Estatuto Real. 3,- Mantuvieron una interrelación con los tres poderes. A,- Local: El corregidor, como jefe de la Administración Local, y el cabildo de la ciudad, cumpliendo los jurados con su verdadera dimensión política cuando los intereses urbanos quedaban mal parados por los excesos de los veinticuatros o regidores. B,- Central: Chancillería de Granada en casos de pleitos, y el propio rey y su consejo. Se trataba, en definitiva, de defender ante instancias superiores sus intereses como grupo político y los intereses de la colectividad. En ambos casos, frente a los abusos de los grandes de la ciudad. Podemos decir que eran los recursos que tuvieron en última instancia para resolver los asuntos graves, agotadas las posibilidades ante el corregidor y los veinticuatros o regidores. C,- Por eclesiástico: Hubo una relación jurados (interesados por el bien común por imperativo legal) e Iglesia (asociada al bien común en relación con los necesitados).es_ES
dc.format.mimetypeapplication/pdfes_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherUniversidad de Córdoba, Servicio de Publicacioneses_ES
dc.rightshttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/es_ES
dc.subjectJuradoes_ES
dc.subjectHistoria políticaes_ES
dc.subjectCórdoba (España)es_ES
dc.titleSociología política de una élite de poder: la evolución de los jurados de Córdoba en la época modernaes_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/doctoralThesises_ES
dc.rights.accessRightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_ES


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