• español
    • English
  • English 
    • español
    • English
  • Login
View Item 
  •   DSpace Home
  • Producción Científica
  • Artículos, capítulos, libros...UCO
  • View Item
  •   DSpace Home
  • Producción Científica
  • Artículos, capítulos, libros...UCO
  • View Item
JavaScript is disabled for your browser. Some features of this site may not work without it.

El control de legalidad del convenio colectivo

Thumbnail
View/Open
14080205.pdf (156.2Kb)
Author
Sáez Lara, Carmen
Publisher
Consejo Andaluz de Relaciones Laborales
Date
2004
Subject
Protección jurisdiccional
Contrato laboral
Negociación colectiva
Legitimación
Convenios colectivos
Control de legalidad
METS:
Mostrar el registro METS
PREMIS:
Mostrar el registro PREMIS
Metadata
Show full item record
Abstract
El control de legalidad del convenio, cuyo fundamento se encuentra en el Estado de Derecho y en el derecho a la tutela judicial efectiva, ha ido evidenciando en su puesta en práctica los defectos consustanciales a un modelo de control, articulado sobre el llamado control abstracto, que puede llegar a ignorar el carácter contractual o si se quiere transaccional del convenio y los propios intereses colectivos a los que sirve el poder de regulación colectiva de las relaciones laborales (Art. 37.1 CE), y, de otra parte, las carencias vinculadas a un control aplicativo, articulado por la vía de procesos individuales a través de los que se puede lograr indirectamente afectar al convenio, a través de una vía procesal inadecuada, que no permite la defensa de todos los intereses legítimos afectados. El control judicial de la legalidad del convenio colectivo no puede ignorar el «cuerpo» de contrato, de pacto, de transacción, del convenio, no puede desconocer el equilibrio de intereses colectivos de trabajadores y empresarios que todo pacto implica. Además, este control debe realizarse partiendo de una interpretación del convenio, que lo configure como el principal instrumento de regulación de las relaciones laborales, y no en el marco de una interpretación del mismo que entiende delimitado legalmente su ámbito de actuación. El ámbito de actuación del convenio como principal instrumento de regulación de las relaciones laborales no viene definido por la Ley, sencillamente porque el poder normativo autónomo no es un poder delegado del poder legislativo sino originario y consustancial a un Estado Social, fundado sobre el pluralismo social y jurídico (Art. 37.1 CE, en relación con el Art. 1.10E y el Art. 7 CE)...
URI
http://hdl.handle.net/10396/2105
Fuente
Temas Laborales. Revista Andaluza de Trabajo y Bienestar Social 76, 369-394 (2004)
Versión del Editor
http://www.juntadeandalucia.es/empleo/anexos/ccarl/33_724_3.pdf
Collections
  • DDTSSEA-Artículos, capítulos...
  • Artículos, capítulos, libros...UCO

DSpace software copyright © 2002-2015  DuraSpace
Contact Us | Send Feedback
© Biblioteca Universidad de Córdoba
Biblioteca  UCODigital
 

 

Browse

All of DSpaceCommunities & CollectionsBy Issue DateAuthorsTitlesSubjectsThis CollectionBy Issue DateAuthorsTitlesSubjects

My Account

LoginRegister

Statistics

View Usage Statistics

De Interés

Archivo Delegado/AutoarchivoAyudaPolíticas de Helvia

Compartir


DSpace software copyright © 2002-2015  DuraSpace
Contact Us | Send Feedback
© Biblioteca Universidad de Córdoba
Biblioteca  UCODigital